Educación: meritocracia
mal entendida
En un encuentro de Gremios con el Ministro de Educación
Enrique Riera, los representantes de los educadores informaron sobre la situación
salarial de los profesionales de la Educación Pública Escolar y el plan de aumento
progresivo de sus remuneraciones. Como queriendo acompañar los nuevos tiempos,
indicando un espíritu de reforma, señalaron que dichos aumentos estarían sujetos a tres indicadores de
mejoramiento docente: la realización de Concursos de Oposición, la Certificación
Documental de educación continua y una Evaluación de Desempeño.
Sin embargo, las experiencias recientes en el uso de estos
muy loables instrumentos indican una mal entendida concepción de la meritocracia cuando estos criterios con pretensión altruista devienen en la persistencia de viejos hábitos. Es que no se tiene una noción clara de lo que
implica la cultura meritocrática en nuestro país.
CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL: Los docentes presentarían
documentación avalando su continua y permanente formación profesional. En un país donde los certificados son
expedidos sin controles formales de calidad y los niveles universitarios de
excelencia son escasos, los documentos no tienen un valor mayor. No hay
meritocracia en este proceso.
Estos
certificados serían muy validos si sus
poseedores obtuvieran calificaciones
superiores en evaluaciones de certificación y recertificación ofrecidas por un
ente autónomo y neutral. Esta sería una
agencia externa al MEC, constituida por profesionales de excelencia y con ello
se evitará la función actual de juez y parte en la certificación y recertificación
de numerosos funcionarios docentes por parte del ministerio.
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DEL EDUCADOR: El Director tiene el derecho y la
obligación de emitir juicio objetivo de los educadores a su cargo al finalizar el
año escolar. También se autoevalúa el docente. Esta es una muy buena
oportunidad para seleccionar los docentes con niveles de excelencia. Sin
embargo, en la práctica, esto no ocurre porque el
Director no necesariamente tiene el nivel profesional superior o similar a los
educadores a su cargo. Sus apreciaciones e informes en la evaluación pueden
incluir erróneos comentarios a favor o en contra del educador. Igualmente, dicho documento emitido por el director donde
se señala el desempeño del maestro no tiene consecuencias negativas ni
positivas. El mismo MEC señala que el instrumento carece de fines punitivos.
Por lo tanto, termina en muchos casos siendo un mero procedimiento burocrático.
Esto no es sino una simulación pero no es meritocracia.
Si las remuneraciones salariales estuviesen medidas por los
tres parámetros enunciados más arriba, los beneficios económicos no estarían distribuidos
con justicia. Las consecuencias se verán una vez más en los resultados del
precario aprendizaje de miles de niños y
jóvenes que asisten a las escuelas
estatales. Si se desea un cambio hacia un mejoramiento docente es necesario redefinir
por medio de nuevos reglamentos
transparentes del estatuto docente el sentido meritocrático de estos parámetros
para que se ponga en acción una
verdadera selección equitativa y los
mejores docentes permanezcan en el
sistema con buenos y merecidos salarios.
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