Meritocracia


Educación: meritocracia mal entendida
En un encuentro de Gremios con el Ministro de Educación Enrique Riera, los representantes de los educadores informaron sobre la situación salarial de los profesionales de la Educación Pública Escolar y el plan de aumento progresivo de sus remuneraciones. Como queriendo acompañar los nuevos tiempos, indicando un espíritu de reforma, señalaron que dichos aumentos  estarían sujetos a tres indicadores de mejoramiento docente: la realización de Concursos de Oposición, la Certificación Documental de educación continua  y una  Evaluación de Desempeño.
Sin embargo, las experiencias recientes en el uso de estos muy loables instrumentos  indican  una mal entendida  concepción de la meritocracia  cuando estos  criterios con pretensión altruista devienen  en la  persistencia de viejos hábitos.  Es que no se tiene una noción clara de lo que implica la cultura meritocrática en nuestro país. 

CONCURSOS DE OPOSICIÓN: El nivel de los docentes  participantes en los concursos de oposición no siempre está basado  de excelencia académica. Esta situación se  pudo constatar con los resultados obtenidos en las últimas pruebas, donde  la mayoría  de los participantes no aprobó las competencias necesarias para ocupar los cargos. En este caso, el docente no tendría el derecho de un aumento salarial. La situación del concurso de oposición tiene otra cara. Quien no ganase  un concurso por no alcanzar el mínimo requerido en la prueba evaluativa no solo no debería recibir un aumento salarial, sino también debería dejar el lugar de trabajo ocupado sin estar nombrado, por no haber ganado el concurso. Es decir el concurso debería estar dirigido a elegir los mejores docentes para permanecer en el sistema educativo. Actualmente muchos aplazados o perdedores de concursos siguen en sus puestos de trabajo. Así mismo, el ganador del concurso de oposición según la ley No. 1725, Art. 22, asume el cargo pero para ser nombrado debe ser evaluado por la autoridad competente, en este caso el MEC. Es harto sabido que no se está llevando a cabo a nivel país esas evaluaciones de desempeño.  Consecuentemente, además  de no cumplirse con lo indicado en la ley, el maestro permanece en el cargo sin mayor trámite que el haber obtenido el puntaje mínimo en el concurso. Esto no es meritocracia. El concurso de oposición debería tener intrínsecamente un valor meritocrático.

CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL: Los docentes presentarían documentación avalando su   continua y permanente formación profesional.  En un país donde los certificados son expedidos sin controles formales de calidad y los niveles universitarios de excelencia son escasos, los documentos no tienen un valor mayor. No hay meritocracia en este proceso.
Estos certificados serían muy validos   si sus poseedores obtuvieran  calificaciones superiores en evaluaciones de certificación y recertificación ofrecidas por un ente autónomo  y neutral. Esta sería una agencia externa al MEC, constituida por profesionales de excelencia y con ello se evitará la función actual de juez y parte en la certificación y recertificación de numerosos funcionarios docentes por parte del ministerio.

EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DEL EDUCADOR: El Director tiene el derecho y la obligación de emitir juicio objetivo de los educadores a su cargo al finalizar el año escolar. También se autoevalúa el docente. Esta es una muy buena oportunidad para seleccionar los docentes con niveles de excelencia. Sin embargo, en la práctica, esto no ocurre porque   el Director no necesariamente tiene el nivel profesional superior o similar a los educadores a su cargo. Sus apreciaciones e informes en la evaluación pueden incluir erróneos comentarios a favor o en contra del educador. Igualmente,  dicho documento emitido por el director donde se señala el desempeño del maestro no tiene consecuencias negativas ni positivas. El mismo MEC señala que el instrumento carece de fines punitivos. Por lo tanto, termina en muchos casos siendo un mero procedimiento burocrático. Esto no es sino una simulación pero no es meritocracia.
Si las remuneraciones salariales estuviesen medidas por los tres parámetros enunciados más arriba, los beneficios económicos no estarían distribuidos con justicia. Las consecuencias se verán una vez más en los resultados del precario  aprendizaje de miles de niños y jóvenes que asisten a  las escuelas estatales. Si se desea un cambio hacia un mejoramiento docente es necesario redefinir por medio de nuevos  reglamentos transparentes del estatuto docente el sentido meritocrático de estos parámetros  para que se ponga en acción una verdadera selección equitativa y  los mejores docentes permanezcan  en el sistema con buenos y merecidos salarios.

Paz Peña
Enero, 2019 

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